El hecho de dejar una sociedad inactiva es algo muy habitual pero es importante hacerlo de manera correcta. Realizar este trámite conlleva ciertas obligaciones que no debemos olvidar. Vamos a repasar los principales puntos a tener en cuenta.

El IVA de la sociedad inactiva

Debe presentarse la declaración del IVA del último tramo en el que la sociedad inactiva tuvo actividad. El informe anual de ese periodo, también tiene que ser presentado.

Más allá del cese de actividad, la sociedad no puede emitir facturas, por lo que el IVA no es deducible y tampoco se tiene que liquidar. Debido a este hecho, desaparece la obligación de presentar las declaraciones trimestrales de IVA.

Al tratarse de una sociedad inactiva no hay obligación de llevar libros de facturas. Los libros existentes se deben conservar durante un periodo de cuatro años.

Impuesto sobre sociedades

No debemos olvidar que, pese a que se trate de una sociedad inactiva, se sigue teniendo obligación de presentar el impuesto sobre sociedades.

Es importante saber que, si durante parte de un ejercicio la sociedad estuvo prestando servicios, se debe presentar el modelo 200 correspondiente al impuesto sobre sociedades.

En cambio, si durante todo el ejercicio se mantuvo la sociedad inactiva se tiene que marcar la casilla de «entidad inactiva» del mismo modelo.

En cualquier caso, se deben incluir los datos del balance actual de la sociedad.

Comunicación de sociedad inactiva

Lo primero que se debe hacer para dejar una sociedad inactiva es comunicárselo a la Agencia Tributaria.

El trámite se realiza a través del modelo 036. En este modelo se debe indicar la fecha efectiva en la que la entidad cambiará de estado.

Es obligatorio  declarar este hecho en el plazo de un mes desde la fecha de cese de actividad. Si no se hace así, o no se presentan documentos que justifiquen la fecha efectiva, se tomará como válida la fecha de presentación del modelo.

Contabilidad de la sociedad inactiva

El hecho de no tener actividad no exime de la obligación de llevar el libro diario contable y las cuentas anuales. Estas cuentas anuales deben validarse legalmente y ser depositadas en el Registro Mercantil.

Retenciones

Entre todas las obligaciones de la sociedad inactiva no se debe pasar por alto la de presentar las retenciones. La sociedad tiene que presentarlas e ingresarlas, aparte de realizar el resumen anual a principios de año.

Seguridad Social

El administrador puede solicitar la baja en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

La baja se hará efectiva el primer día del mes siguiente si se solicita en los tres días naturales siguientes al cese de actividad.

Responsabilidad deudora

El hecho de que una sociedad no tenga actividad por un año es causa legal de disolución.

El administrador debe responder a las obligaciones de la sociedad posteriores al periodo de inactividad si en el plazo de dos meses no se convoca junta para acordar la disolución. O bien, si no se solicita su disolución judicial cuando no hay acuerdo.

Las obligaciones pueden ser alquileres, prestamos pendientes, o incluso gastos de presentación de cuentas anuales.

Afortunadamente existen empresas que te ayudan en este tipo de trámites. Anímate a adquirir una sociedad.

En resumen, para dejar la empresa sin actividad debes recordar estos pasos:

  • Presentar mod 036 ante la AEAT
  • Presentar los resúmenes informativos anuales si has tenido actividad durante el año
  • Presentar siempre el mod 200 (Impuesto sobre sociedades) aunque no realices ninguna actividad
  • Presentar siempre las Cuentas anuales del ejercicio, aunque no realices ninguna actividad
  • Dar de baja al Administrador en la seguridad social

 

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